ADUNLu se funda el 27 de julio de 1988, y obtiene su Inscripción Gremial el 1/09/2003 por la resolución 162 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social. Está inscripta bajo el número 2283.

Nuestros principios, establecidos en el artículo 3 de nuestro estatuto gremial son:

  1. Propiciar el respecto, la defensa y el afianzamiento de las instituciones democráticas.
  2. Bregar por la defensa y el fortalecimiento de la Universidad Pública, con sus características de autónoma, cogobernada, gratuita y laica, que garantice el libre acceso, fundamentalmente a los sectores de menores recursos.
  3. Bregar por la participación de la Universidad en la solución de los problemas nacionales y particularmente de los problemas regionales, logrando que la Comunidad Universitaria adquiera su compromiso con el desarrollo de una conciencia auténticamente nacional, al servicio de las necesidades del pueblo.
  4. Representar los intereses y derechos laborales y académicos de sus agremiados ante las autoridades nacionales, provinciales y universitarias en general y de la Universidad Nacional de Luján en especial. En especial, participar en: la concertación de Convenios Colectivos de Trabajo que regulen, mejoren y dignifiquen las condiciones de trabajo, salariales y de vida de los trabajadores docentes; en la actividad de Conciliación y Arbitraje obligatorio dados y en defensa y consecuencia de la defensa de esos objetivos. También, específicamente los referidos a cuestiones internas y/o del gobierno de la Universidad Nacional de Luján ante los órganos de gobierno y las autoridades de la misma.
  5. Promover el establecimiento de relaciones con otros Centros o asociaciones de carácter similar, incluyendo entidades de mayor grado que persigan fines similares y con el movimiento gremial argentino en su conjunto.
  6. Promover el funcionamiento con respecto a las cuestiones universitarias, manteniendo su independencia como asociación gremial.
  7. Aceptar como única práctica la democracia gremial, en la permanente consulta a sus agremiados promoviendo su participación activa.
  8. La Asociación no hará discriminación de índole racial, religiosa, político-partidaria ni de nacionalidad.
  9. Defender activamente la vigencia de los Derechos Humanos, como valor primordial del hombre.
  10. Promover la estabilidad del docente universitario armonizando éste derecho con requisitos que aseguren su constante actualización y perfeccionamiento, y dedicación a sus tareas específicas.
  11. Bregar por el logro de un régimen previsional justo y equitativo de los docentes universitarios.
  12. Propiciar y contribuir a que los miembros del gremio tomen conocimiento de los fines precedentes.